Estudio de Impacto Ambiental Barrio Alpino

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INMOBILIARIA VALLE LA DEHESA

Artículo

Artículo 11

Letra a)

Letra b)

Letra c)

Letra d)

ANDALUÉ AMBIENTAL LIMITADA

Contenido

Evaluación

El titular deberá presentar un Estudio de Conclusión: El área de influencia Impacto Ambiental si su proyecto o directa del proyecto no presenta actividad genera o presenta alteración de monumentos nacionales. monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad, respecto de su área de influencia, genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se considerará: La proximidad a algún Monumento El reconocimiento arqueológico de Nacional de aquellos definidos por la Ley terreno no entregó resultados 17.288; positivos en cuanto a la identificación en superficie de sitios arqueológicos y/o patrimoniales en el área de influencia directa del proyecto. La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288;

La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural; o

El reconocimiento arqueológico de terreno no entregó resultados positivos en cuanto a la identificación en superficie de sitios arqueológicos y/o patrimoniales en el área de influencia directa del proyecto. El reconocimiento de terreno no entregó resultados positivos en cuanto a la identificación de construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural.

La proximidad a lugares o sitios en que se El reconocimiento de terreno no lleven a cabo manifestaciones propias de entregó resultados positivos en la cultura o folclore de algún pueblo, cuanto a la identificación de comunidad o grupo humano. manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

EIA Valle La Dehesa Macrolotes 50 y 51 – P 2905 Noviembre 2005

CAP III-12


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