reglamento de la losep

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CAPÍTULO IV NORMAS TÉCNICAS PARA LA CERTIFICACIÓN DE CALIDAD DE SERVICIO Artículo 280.- Del Sistema de Control y Certificación de Calidad de Servicio El sistema de control y certificación de calidad de servicio es el conjunto de políticas, normas, procedimientos e instrumentos de carácter técnico y operativo que garantizan la efectividad y productividad en la prestación de productos y servicios por parte de las instituciones establecidas en el artículo 3 de la LOSEP, a sus usuarios externos, de acuerdo con estándares de calidad establecidos en la normativa técnica que emita para el efecto el Ministerio de Relaciones Laborales. Se exceptúan a los gobiernos autónomos descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, quienes emitirán su normativa en virtud de los principios que establezca el Ministerio de Relaciones Laborales. Estos podrán acogerse al sistema de control y certificación de calidad de servicio mediante resolución u ordenanza. Artículo 281- Del reconocimiento por la prestación de servicio público de calidad El Ministerio de Relaciones Laborales, sobre la base del cumplimiento de la certificación de calidad de servicio, realizará un reconocimiento público a la o las instituciones que mantengan estándares de excelencia en la prestación de productos y servicios a la ciudadanía. Artículo 282- Del organismo de control y certificación de la calidad de servicio El Ministerio de Relaciones Laborales, la SENPLADES y la Secretaría Nacional de la Administración Pública, integrarán el Comité Nacional de la Calidad de Servicio Público, sus facultades se establecerán en la norma técnica respectiva. El Ministerio de Relaciones Laborales actuará en calidad de organismo competente para regular y evaluar el cumplimiento de los estándares de obtención del certificado de calidad. Artículo 283- De los efectos del informe de evaluación de calidad de servicio Los resultados del informe de evaluación de calidad de servicio permitirán: a) Establecimiento de la certificación de calidad de servicio; b) Establecer el ranking y premio a la calidad de servicio público; c) Establecimiento de la remuneración variable por eficiencia; d) Evaluación de servidoras, servidores e instituciones; e) Formular los programas de mejoramiento de la gestión institucional; y, f) Determinar las responsabilidades por el incumplimiento de la LOSEP, este Reglamento General y las normas técnicas expedidas por el Ministerio de Relaciones Laborales.

SISLECU S.A.

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