¿qué desea saber de B.C.S?

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163. ¿QUE LEYES O REGLAMENTOS ESTABLECEN DISPOSICIONES AL RESPECTO? Existen 4 ordenamientos jurídicos que regulan el control y la administración de las zonas protegidas para las cetáceos. Ellos son: la Ley Federal de Protección al Ambiente, la Ley Federal de Caza, la Reglamentación de Zona Federal de Fomento a la Pesca y el Calendario Cinegético. 164. ¿QUIENES SON LAS AUTORIDADES RESPONSABLES DE LOS REFUGIOS BALLENEROS? La autoridad responsable de la administración, control y manejo de los refugios de las ballenas es la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, Delegación Baja California Sur, ubicada en Carretera a Las Garzas, Km. 2, C.P. 23070, La Paz, B.C.S. Su estudio y protección está conferido al Programa Nacional de Investigación y Conservación de Mamíferos Marinos (PNICMM) ubicado en el Kilómetro 1 de la Carretera a Pichiiingue en La Paz, B.C.S. el cual depende del Instituto Nacional de Pesca y éste a su vez de la Secretaría de Pesca del Gobierno Mexicano. 165. ¿MÉXICO HA CONCEDIDO PERMISOS PARA CAPTURAS? En el pasado, México concedió por lo menos 9 permisos. Las concesiones fueron otorgadas en las épocas de mayor depredación, tanto •n el siglo pasado como en la centuria actual. Los permisos se dieron en 1882 (17 enero), 1919 (11 noviembre), 1920 (4 noviembre), 1921 (29 marzo),1923 (23 noviembre), 1924 (11 abril), 1924 (25 mayo), 1924 (16 agosto) y 1929 (9 mayo). Estas capturas de ballenas las solicitaron los señores Guillermo Andrade y socios, Nicolás Fossum. Francisco Alvarez, Manuel González, Luis M. de Castro,


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