Nuevo PEI

Page 152

PARAGRAFO 1: Considérese obligatorio que todas las instituciones educativas públicas y privadas estructuren un módulo articulado al PEI- Proyecto Educativo Institucional – para mejorar las capacidades de los padres de familia y / o custodios en relación con las orientaciones para la crianza que contribuyan a disminuir las causas de la violencia intrafamiliar y sus consecuencias como: consumo de sustancias psicoactivas, embarazo en adolescentes, deserción escolar, agresividad entre otros. PARAGRAFO 2. – Las Secretarias de Educación Municipal y Departamental deberán orientar y supervisar las estrategias y metas del sistema psicopedagógico y las instituciones deberán consignarlo dentro del Proyecto Educativo Institucional – PEI- como de obligatorio cumplimiento. Deberá entonces esta administración como una pronta acción, entregar a los rectores de las diferentes instituciones educativas las herramientas necesarias en cuanto a información y acompañamiento, para que pueda abrirse paso la modificación que debe sufrir el PEI- de cada una de las instituciones educativas adscritas al Municipio de Medellín; teniendo como objetivo principal además del cumplimiento de la norma, la capacitación de la comunidad educativa en general como medio preventivo a la delincuencia juvenil. Hablar de la familia y la escuela es hablar, en primer lugar, de la responsabilidad de los padres en la educación de sus hijos, y, en segundo lugar, de la necesidad de una colaboración estrecha entre los padres y los educadores. La participación de los padres en la educación de los hijos debe ser considerada esencial y fundamental, pues son ellos los que ponen la primera piedra de ese importante edificio que marcará el futuro de cada ser humano. Un comienzo temprano en la educación preescolar y la continua participación de los padres son fundamentales para el desarrollo y la educación de todo niño. Según lo establecido en el Manual de convivencia del Colegio San Francisco Javier sobre el perfil para Padres de Familia como primeros responsables de la formación integral de sus hijas y atendiendo a los Requisitos establecidos en al articulo 42 de la ley 1098 de 2006, la institución asume como medidas preventivas para evitar la delincuencia juvenil en cualquiera de sus particiones, acciones encaminadas al fortalecimiento de la formación no sólo de las estudiantes sino de los Padres de Familia matriculados en ella. Para ello cuenta con la planificación y realización de Escuelas de Padres orientadas por personas idóneas para tratar temas relacionados con las necesidades particulares de los diferentes grupos, las sugerencias de los docentes y las realidades del entorno que permita mitigar los riesgos a los que están expuestos los niños y jóvenes de hoy. Otra posibilidad aplicada para prevenir conductas inapropiadas en las estudiantes, se fundamenta en el acompañamiento continuo que hacen los consejeros de Grupo, los docentes de área y la Psicoorientadora, quienes están dispuestos a intervenir en las diferentes situaciones que vivencian las estudiantes y que requiere mediación de las mismas.

152


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.