POR TANTO: RESUELVE: Que, el derecho a la salud y a la vida es un derecho fundamental, de conformidad al Art. 7º inc. a) de la Constitución Política del Estado concordante con el Art. 2º del Código de Salud que establece que la salud es un bien de interés publico, corresponde al Estado velar por la salud del individuo, la familia y la población en su totalidad, concordante con el Art. 4º del mismo cuerpo legal que expresa que el derecho a la salud es garantizado por el Estado.