Plan de accion 2014 sena más trabajo lineamientos operativos

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Las asignaciones básicas de todos los cargos se calcularán teniendo en cuenta 342 días laborales para el cálculo de la nómina de funcionamiento El cálculo del sueldo por vacaciones de todos los cargos se proyectará con 23 días de vacaciones. Los salarios y prestaciones sociales serán estimados con base en las fórmulas de la normatividad vigente. La estimación de viáticos y horas extra (no hacen parte de la liquidación de la nómina pero constituyen factor salarial) se hará con base en los pagos realizados por nómina y la ejecución presupuestal 2013.

Para la aprobación del Reconocimiento de Primas de Coordinación y las Primas Técnicas Factor Salario y no Factor Salario en los Centros de Formación deberán contar previamente con recursos presupuestales. En las Direcciones Regionales deben contar con la aprobación de la Dirección General previa certificación de disponibilidad presupuestal. Al rubro indemnización por vacaciones solo podrá asignársele recursos cuando se trate de funcionarios que se desvinculen de la entidad bien sea por retiro o pensión, de lo contrario solo podrán pagarse previa autorización del Director Regional (esto solo para Centros de Formación). En el caso de las áreas de funcionamiento, deberá solicitarse a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General la asignación de los recursos, previa aprobación por parte de la Secretaria General. Es importante que las Regionales tengan presente las siguientes recomendaciones frente al manejo del presupuesto de nómina teniendo en cuenta que los recursos se centralizan en la Secretaria General:   

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En la Dirección General se expedirá un CDP para el pago de la nómina a nivel nacional. Teniendo en cuenta que cada Regional realiza la liquidación de la nómina, cada una de las Regionales deberá estar pendiente del seguimiento a la ejecución del presupuesto por gastos asociados a la nómina, con el fin de evitar inconvenientes con los pagos de la nómina que se realizan en la Dirección General. Ninguna Regional puede afectar el presupuesto de inversión para pagos de funcionamiento, ni viceversa, especialmente en los conceptos de Horas Extras y Apoyos de Sostenimiento – Aprendices; la asignación del presupuesto y los correspondientes pagos se realizan y se afectan directamente por las dependencias de acuerdo con la asignación de recursos realizada por la Dirección de Planeación. Para realizar el pago del trabajo suplementario, primero debe existir una solicitud de autorización donde se especifiquen las actividades que se desarrollarán dentro de ese tiempo y posteriormente se debe diligenciar el correspondiente formato de cobro. Para la autorización de horas extras se debe dar estricto cumplimiento a los lineamientos descritos en la circular 115 del 7 de febrero de 2005, y hasta tanto la misma no se modifique, no podrán modificarse los topes máximos de horas extras diurnas y nocturnas a autorizar mensualmente. Las horas extras deberán programarse con el criterio de austeridad y que sean estrictamente necesarias. En anexo en la Resolución de Apertura se informará a cada dependencia los recursos autorizados por Horas Extras y Aprendices. La Secretaria General solicitará la expedición de un CDP para el pago del Auxilio Funerario a nivel nacional, las regionales afectaran dicho CDP con los auxilios que soliciten en la Regional, enviando para su pago los documentos soporte directamente a la Dirección Administrativa y financiera de la Dirección General. La Secretaria solicitara la expedición de un CDP para el pago de las prestaciones sociales definitivas de los exfuncionarios a nivel nacional, las regionales afectaran dicho CDP con las resoluciones que expidan por liquidación de dichas prestaciones en la Regional, enviando para su pago los documentos soporte directamente a la Dirección Administrativa y financiera de la Dirección General. 23


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