Gaceta 15 utn 2018

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I.- CONSEJO UNIVERSITARIO.......................................................................................4 A.- REGLAMENTOS ....................................................................................................4 A.1. ACUERDO 8-5-2018. Propuesta de modificación al Reglamento de Matrícula de Estudiantes Regulares........................................................ 4 A.2 ACUERDO 10-6-2018. Solicitud de modificación del Reglamento de Reconocimiento y Equiparaciones.Referencia VDOC-159-2018........ 7 B.- CONVENIOS.........................................................................................................8 B.1 ACUERDO 9-5-2018. Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Técnica Nacional y la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aeroindustriales R.L. (COOPESA)............................................8 B.2 ACUERDO 12-6-2018. Propuesta de permiso de uso para atender el vencimiento de la concesión de Soda Atenas. Referencia DPI-081-2018................................................................................ 8 C.- PRESUPUESTO Y MODIFICACIONES .................................................................9 C.1 ACUERDO 6-5-2018. Modificación Presupuestaria No. 2-2018. Referencia R-139-2018.................................................................................... 9 C.2 ACUERDO 6-6-2018. Presentación y entrega documental del proyecto de Presupuesto Extraordinario I-2018........................................... 9 D.- APROBACIONES Y AUTORIZACIONES.................................................................. 9 D.1 ACUERDO 1-4-2018. Solicitud de la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, mediante oficio DCP0-0078-2018.............................................................................................9 D.2 VICERRECTORÍA DE DOCENCIA.......................................................... 10 D.2.1 ACUERDO 7-5-2018. Modificación a los principios orientadores y políticas curriculares, presentado por la Vicerrectoría de Docencia, mediante oficio VDOC-116-2018............................................. 10 D.2.2 ACUERDO 4-6-2018. Oficio R-1472018, referente al cumplimiento de acuerdo 244-2017, sobre el criterio técnico académico áreas Matemáticas, Estadística y Ciencias Básicas para el Plan de Estudio de Medicina Veterinaria..................................... 11 D.2.3 ACUERDO 5-6-2018. Aprobación del Plan de Licenciatura de Medicina Veterinaria con énfasis en Buiatría...................................... 12 D.2.4 ACUERDO 10-5-2018. Venta de publicación y traducción con la Editorial de Universidad de Cambridge......................................... 12


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D.3 ACUERDO 3-6-2018. Acuerdo de CONARE CNR-76-2018. Asunto: declarar de interés institucional el IV Encuentro Bienal Centroamericano y del Caribe de Investigación y Postgrado 2018...... 14 D.4 ACUERDO 7-6-2018. Primera adición al informe de Rectoría; solicitud del rector para que se autorice la salida al exterior, al señor Auditor General de la UTN............................................................14 D.5 ACUERDO 8-6-2018. Segunda adición al informe de Rectoría; celebración del 45º Aniversario de la Universidad Nacional... 15 E.- APROBACIONES Y AUTORIZACIONES................................................................ 15 E.1 ACUERDO 3-5-2018. Informe técnico solicitado sobre los diseños de los Planos de la Sede de San Carlos, presentado por la Dirección General de Administración Universitaria.................................. 15 E.2 ACUERDO 5-5-2018. Solicitud de MIDEPLAN sobre el aseguramiento de viabilidad y factibilidad del proyecto de financiamiento BCIE-UTN.............................................................................. 15 II.- PROVEEDURÍA...................................................................................................... 16 A.- ADJUDICACIONES.............................................................................................16 A.1 ACUERDO 11-6-2018. Informe de la Comisión de Licitaciones Institucional sobre la Licitación Pública 2017LN-000001-UTN “Concesión de Soda Sede de Atenas”. Referencia DPI-074-2018.......16 B.- PRÓRROGAS Y AMPLIACIONES.......................................................................17 B.1 Resolución R-023-2018. Se autoriza prórroga en el plazo de entrega del proyecto “Construcción del Comedor de la Sede de Guanacaste”...............................................................................................17

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I.- CONSEJO UNIVERSITARIO A.- REGLAMENTOS A.1. ACUERDO 8-5-2018. Propuesta de modificación al Reglamento de Matrícula de Estudiantes Regulares. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 8, del 8 de marzo del 2018).

Reglamento actual Artículo 3: Inciso a: Matrícula: proceso a través del cual una persona que ha sido admitida a carrera se inscribe en uno o varios cursos del programa de esa carrera. Inciso c: Estudiante activo: corresponde a la condición que adquiere el estudiante una vez que ha efectuado su matrícula. Perderán la condición de activos aquellos estudiantes que no se matriculen de manera consecutiva durante tres cuatrimestres. Para recuperar dicha condición el estudiante deberá realizar los trámites establecidos en el Reglamento Académico.

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Conoce el Consejo Universitario propuesta de modificación al Reglamento de Matrícula de Estudiantes Regulares, presentada por la Dirección General de Administración Universitaria, mediante el oficio DGAU-039-2018, de la siguiente manera:

Reglamento con cambios relacionados al ciclo introductorio Artículo 3: Inciso a: Matrícula: proceso a través del cual una persona que ha sido admitida a carrera se inscribe en uno o varios cursos del programa de esa carrera. Inciso cEstudiante activo: corresponde a la condición que adquiere el estudiante una vez que ha efectuado su matrícula o aquel al que se le reconoce el Ciclo introductorio y no existe oferta académica disponible. Perderán la condición de activos aquellos estudiantes que no se matriculen de manera consecutiva durante tres cuatrimestres. Para recuperar dicha condición el estudiante deberá realizar los trámites establecidos en la normativa vigente.


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Inciso g: Índice de ubicación: Corresponde a la sumatoria de la multiplicación de cada nota obtenida por la cantidad de créditos de cada curso. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo IX, de la Sesión Ordinaria No. 31 celebrada el martes 25 de setiembre de 2012, Acta No. 392012. Publicado en la Gaceta número 233 del 3 de diciembre de 2012).

Inciso g: Promedio ponderado: Corresponde a la sumatoria de la multiplicación de cada nota obtenida por la cantidad de créditos de cada curso dividido entre el total de créditos. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo 42-2014, de la Sesión Ordinaria No. 04 del Consejo Universitario, celebrada el jueves 27 de marzo del 2014, Acta No. 06-2014.)

Artículo 15: Para asignar las citas de matrícula a los estudiantes, se utilizará como criterio el promedio ponderado de todos los cursos matriculados por el estudiante hasta el ciclo tras anterior al de su matrícula actual. Las citas de matrícula se asignarán del promedio ponderado más alto al más bajo, partiendo de que el más alto equivale a un 10%. Si el estudiante no matriculó en ese período se utilizará el promedio ponderado registrado para el estudiante.

Artículo 15. Para asignar las citas de matrícula a estudiantes regulares, se utilizará como criterio el promedio ponderado de todos los cursos matriculados por el estudiante en el periodo lectivo tras anterior al de su matrícula actual. Las citas de matrícula se asignarán tomando en cuenta el promedio ponderado del más alto al más bajo, partiendo de que el más alto equivale a un 10%. Si el estudiante no matriculó en el período lectivo tras anterior al que está matriculado, se utilizará el promedio ponderado del último periodo lectivo registrado.

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Para los estudiantes de primer ingreso a carrera se utilizará el promedio de admisión como criterio para la asignación de la cita de matrícula. Este criterio estará vigente para los dos primeros ciclos consecutivos de matrícula. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo 42-2014, de la Sesión Ordinaria No. 04 del Consejo Universitario, celebrada el jueves 27 de marzo del 2014, Acta No. 06-2014.) Se agrega un nuevo artículo, 15 bis.

POR TANTO, SE ACUERDA: Aprobar la modificación al Reglamento de Matrícula de Estudiantes Regulares, presentado por la Dirección General de Administración Universitaria, de tal modo que en lo sucesivo los artículos reformados se leerán de la siguiente manera: Artículo 3: Inciso cEstudiante activo: corresponde a la condición que adquiere el estudiante una vez que ha efectuado su matrícula o aquel al que se le reconoce el Ciclo introductorio y no existe oferta académica disponible.

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Para los estudiantes de primer ingreso a carrera se utilizará el promedio de admisión como criterio para la asignación de la cita de matrícula. Este criterio estará vigente para los dos primeros períodos lectivos consecutivos de matrícula. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo 42-2014, de la Sesión Ordinaria No. 04 del Consejo Universitario, celebrada el jueves 27 de marzo del 2014, Acta No. 062014.) 15 Bis. Para los estudiantes que deban cursar el ciclo introductorio el mismo criterio estará vigente para los tres primeros períodos lectivos consecutivos de matrícula. Perderán la condición de activos aquellos estudiantes que no se matriculen de manera consecutiva durante tres cuatrimestres. Para recuperar dicha condición el estudiante deberá realizar los trámites establecidos en la normativa vigente. Inciso g: Promedio ponderado: Corresponde a la sumatoria de la multiplicación de cada nota obtenida por la cantidad de créditos de cada curso dividido entre el total de créditos. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo 42-2014, de la Sesión Ordinaria No. 04 del Consejo Universitario, celebrada el jueves 27 de marzo del 2014, Acta No. 062014.)


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Artículo 15. Para asignar las citas de matrícula a estudiantes regulares, se utilizará como criterio el promedio ponderado de todos los cursos matriculados por el estudiante en el periodo lectivo tras anterior al de su matrícula actual. Las citas de matrícula se asignarán tomando en cuenta el promedio ponderado del más alto al más bajo, partiendo de que el más alto equivale a un 10%. Si el estudiante no matriculó en el período lectivo tras anterior al que está matriculado, se utilizará el promedio ponderado del último periodo lectivo registrado. Para los estudiantes de primer ingreso a carrera se utilizará el promedio de admisión como criterio para la asignación de la cita de matrícula. Este criterio estará vigente para los dos primeros períodos lectivos consecutivos de matrícula. (Así reformado por el Consejo Universitario, mediante Acuerdo 422014, de la Sesión Ordinaria No. 04 del Consejo Universitario, celebrada el jueves 27 de marzo del 2014, Acta No. 06-2014.) 15 Bis. Para los estudiantes que deban cursar el ciclo introductorio el mismo criterio estará vigente para los tres primeros períodos lectivos consecutivos de matrícula. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD. A.2 ACUERDO 10-6-2018. Solicitud de modificación del Reglamento de Reconocimiento y Equiparaciones. Referencia VDOC-159-2018.

(Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 9, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario propuesta de modificación del Reglamento de Reconocimiento y Equiparaciones, presentada por la Vicerrectoría de Docencia, mediante el oficio VDOC-159-2018. Texto actual: “Artículo 3: Definiciones b) Equiparación de bloques de cursos, módulos o trabajo comunal universitarios: Acto mediante el cual la UTN determina que bloques de cursos, módulos o TCU de otras instituciones son equivalentes a bloques de cursos, módulos o TCU que ella misma confiere” (subrayado no es del original). Propuesta: “Artículo 3: Definiciones b) Equiparación de bloques de cursos, módulos o trabajo comunal universitarios: Acto mediante el cual la UTN determina que bloques de cursos, módulos o TCU de instituciones son equivalentes a cursos, bloques, módulos o TCU que ella misma confiere”. POR TANTO, SE ACUERDA:

Aprobar la modificación del Reglamento de Reconocimiento y Equiparaciones de manera que en adelante se lea:

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“Artículo 3: Definiciones b) Equiparación de bloques de cursos, módulos o trabajo comunal universitarios: Acto mediante el cual la UTN determina que bloques de cursos, módulos o TCU de instituciones son equivalentes a cursos, bloques, módulos o TCU que ella misma confiere”. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD. B.- CONVENIOS B.1 ACUERDO 9-5-2018. Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad Técnica Nacional y la Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aeroindustriales R.L. (COOPESA). (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 9, del 8 de marzo del 2018). El propósito de este convenio persigue la acción conjunta en el desarrollo de la Industria Aeroespacial en Costa Rica, mediante la realización de programas de formación técnica y profesional acreditados por las autoridades de Aviación Civil, investigaciones, capacitaciones, pasantías de estudiantes y personal académico, charlas e intercambio tecnológico e información técnica en los temas de mutuo interés. POR TANTO, SE ACUERDA: Aprobar el Convenio Marco de Cooperación entre la Universidad

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Técnica Nacional y Cooperativa Autogestionaria de Servicios Aeroindustriales R.L. (COOPESA) de conformidad con el siguiente texto propuesto: El texto completo de este convenio se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.utn.ac.cr/sites/ default/files/UNIVERSIDAD%20 TECNICA%20NACIONAL%20 Y%20COOPERATIVA%20 AUTOGESTIONARIA%20 DE%20SERVICIOS%20 AEROINDUSTRIALES%20R.L.pdf B.2 ACUERDO 12-6-2018. Propuesta de permiso de uso para atender el vencimiento de la concesión de Soda Atenas. Referencia DPI-0812018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 11, del 22 de marzo del 2018). El Consejo Universitario acuerda: Aprobar las condiciones y delimitación de permiso de uso de dominio público en precario, para un espacio destinado a servicio de soda en la sede de Atenas, entre la UTN y el señor Douglas Miguel Retana Hernández mientras en razón de que el contrato del actual concesionario vence el 31 de marzo de este año, es preciso cubrir el tiempo necesario, y mientras queda en firme la adjudicación de la licitación pública


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2017LN-000001-UTN “CONCESIÓN DE SODA SEDE ATENAS”; para que el cambio de concesionario se realice de la mejor manera posible. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD. C.- PRESUPUESTO Y MODIFICACIONES C.1 ACUERDO 6-5-2018. Modificación Presupuestaria No. 2-2018. Referencia R-139-2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 6 del 8 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario la justificación de la modificación presupuestaria número dos del año dos mil dieciocho presentada por la rectoría mediante el oficio R-1392018. La finalidad de la modificación 2-2018 es dar contenido a las siguientes partidas presupuestarias: (…) POR TANTO, SE ACUERDA: Aprobar la modificación presupuestaria No.02-2018 para aumentar recursos presupuestarios a las partidas de remuneraciones, información, mantenimiento y reparación y bienes duraderos, por el monto de mil setenta y nueve millones trecientos sesenta y un mil ciento ochenta y cuatro colones con treinta y seis céntimos (¢ 1 079 361 184,36), según la propuesta

presentada por la Dirección de Gestión Financiera: (…) El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.utn.ac.cr/file/4763/ download?token=Luv2AsXi C.2 ACUERDO 6-6-2018. Presentación y entrega documental del proyecto de Presupuesto Extraordinario I-2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 5, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario Proyecto del primer presupuesto extraordinario 2018, presentado por la Rectoría y la Dirección de Gestión Financiera. POR TANTO, SE ACUERDA: Aprobar el presupuesto extraordinario número uno del año dos mil dieciocho de la Universidad Técnica Nacional, presentado por la Rectoría y la Dirección de Gestión Financiera por el monto de dos mil setecientos veinte millones seiscientos ocho mil setecientos siete colones con cuarenta y dos céntimos, (¢2 720 608 707,42). ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD D.- APROBACIONES Y AUTORIZACIONES

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D.1 ACUERDO 1-4-2018. Solicitud de la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, mediante oficio DCP0-0078-2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión extraordinaria 4-2018, artículo 1, del 2 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario solicitud de la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda mediante el oficio DCP-0078-2018 , para que este órgano colegiado responsable de la dirección superior de la Universidad, acuerde la participación de la UTN como Organismo Ejecutor del proyecto “Fortalecimiento de la Universidad Técnica Nacional (UTN) mediante la inversión en infraestructura, equipamiento y capital humano” y autorice a la Rectoría de la UTN a participar en la negociación del contrato de préstamo que al efecto se vaya a suscribir y a gestionar la autorización para la contratación de la operación de endeudamiento público como entidad proponente del proyecto. SE ACUERDA: a. Aprobar la participación de la UTN como Organismo Ejecutor del proyecto “Fortalecimiento de la Universidad Técnica Nacional (UTN), mediante la inversión en infraestructura, equipamiento y capital humano”. b. Autorizar a la rectoría de la UTN a participar en la negociación del contrato de préstamo que al efecto se vaya a suscribir y a

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gestionar la autorización para la contratación de la operación de endeudamiento público como entidad proponente del proyecto”. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD. D.2 VICERRECTORÍA DE DOCENCIA D.2.1 ACUERDO 7-5-2018. Modificación a los principios orientadores y políticas curriculares, presentado por la Vicerrectoría de Docencia, mediante oficio VDOC116-2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 7, del 8 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario solicitud de modificación a los principios orientadores y políticas curriculares, presentado por la Vicerrectoría de Docencia mediante oficio VDOC-116-2018. CONSIDERANDO QUE: (…) Por lo anterior, la Vicerrectoría de Docencia solicita al Consejo Universitario la modificación de los Principios Orientadores y Políticas Curriculares de la UTN, para realizar el siguiente cambio: Texto Actual: Políticas: (…)


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10. En el caso de las carreras de ingeniería, además de la salida lateral de diplomado, el título de ingeniería únicamente se otorgará al finalizar el grado de licenciatura”. (…)

El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:

Texto Propuesto:

D.2.2 ACUERDO 4-6-2018. Oficio R-1472018, referente al cumplimiento de acuerdo 244-2017, sobre el criterio técnico académico áreas Matemáticas, Estadística y Ciencias Básicas para el Plan de Estudio de Medicina Veterinaria.

Políticas: (…) 10. En de las carreras de ingeniería, además de la salida lateral de diplomado, podrá otorgarse el título de ingeniería en el grado de bachillerato o en el de licenciatura”. POR TANTO, SE ACUERDA: Aprobar la modificación de los principios orientadores y políticas curriculares, presentado por la Vicerrectoría de Docencia mediante el oficio VDOC-116-2018, de tal modo que el texto del numeral 10 de las Políticas indicadas, deberá leerse en lo sucesivo de la siguiente manera: (…) 10. En de las carreras de ingeniería, además de la salida lateral de diplomado, podrá otorgarse el título de ingeniería en el grado de bachillerato o en el de licenciatura. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD

http://www.utn.ac.cr/file/4764/ download?token=D7KKFvXm

(Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo, 4, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario oficio de la rectoría R-147-2018 con el propósito de someter a conocimiento y aprobación del Consejo Universitario, y según lo solicitado mediante la transcripción de acuerdo No.244-2017, relativo a lo indicado en el oficio VDOC-1742018, por lo cual la Vicerrectoría de Docencia presenta y avala el criterio técnico emitido por los académicos expertos en Ciencias Básicas y Matemáticas y Estadística, en relación con el Plan de Estudio de Licenciatura en Medicina Veterinaria.” CONSIDERANDO QUE: (…) Por lo anterior, el Consejo Universitario acuerda: Aprobar el criterio técnico presentado y avalado por la

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Vicerrectoría de Docencia y emitido por los académicos expertos en Ciencias Básicas y Matemáticas y Estadística en relación con el Plan de Estudios de Licenciatura en Medicina Veterinaria, solicitado por el Consejo Universitario mediante acuerdo 1024-2017, cuyo criterio indica: “Que no es necesario incorporar ningún programa adicional de Química II, Biología I, y Matemática I, en el plan de estudios de la carrera de Licenciatura Veterinaria con énfasis en Buiatría y con salida lateral en Diplomado en Asistencia Veterinaria. Cabe indicar que, si se tuviera que incorporar un curso de química II, se hace absolutamente necesaria la incorporación de otro curso de matemática I. Sin embargo, esto afectaría el perfil académico y profesional y ya no sería congruente con lo planteado en el plan de estudios diseñado con los objetivos que ya se establecieron.” ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.utn.ac.cr/file/4765/ download?token=1J6jzWZJ D.2.3 ACUERDO 5-6-2018. Aprobación del Plan de Licenciatura de Medicina Veterinaria con énfasis en Buiatría. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria

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6-2018, artículo, 4.1, del 22 de marzo del 2018). El Consejo Universitario acuerda: Aprobar el plan de estudio de la Licenciatura de Medicina Veterinaria con énfasis en Buiatría con salida lateral al Diplomado en Asistencia Veterinaria, tal y como fue diseñado originalmente, puesto que sustenta y fundamenta en todos los aspectos el perfil profesional y académico planteado; dejando constancia de que ha sido avalada por la Vicerrectoría de Docencia y la aprobación técnica del Departamento de Gestión y Evaluación Curricular. Comisionar al Rector para que solicite a la Oficina de Planificación de la Educación Superior (OPES) del Consejo Nacional de Rectores (CONARE), el estudio técnico y el aval del Plan de Estudios de la carrera de Medicina Veterinaria. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD D.2.4 ACUERDO 10-5-2018. Venta de publicación y traducción con la Editorial de Universidad de Cambridge. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 10, del 8 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario solicitud de la señora Vicerrectora de Docencia presentada mediante el oficio VDOC 175-2018 para que se autorice al señor Rector a firmar un contrato con la Editorial de Universidad de Cambridge, Reino


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Unido, con el objetivo de obtener los derechos de la edición en el idioma español del último libro del conocido autor Fritjof Kapra “The systems view of life: A unifying vision”, en coautoría con el Sr. Pier Luigi Luisi. Con base en ese contrato, la Universidad Técnica Nacional, con beneplácito de la Editorial de la Universidad Cambridge asume los derechos de edición y publicación de la versión en español de la obra, en cualquier parte del mundo, tanto en su versión física como electrónica. POR TANTO, SE ACUERDA: a) Aprobar el acuerdo negociado entre la UTN y la Editorial la Editorial de Universidad de Cambridge, Reino Unido, cuyos términos a letra se indican: 1. La UTN se compromete a producir y asumir la traducción del libro y realizar su publicación en un período máximo de dos años a partir de la firma del acuerdo. 2. El l término del acuerdo sea de siete años a partir de su firma. 3. La UTN, se compromete a cancelar una suma simbólica de 1,600 dólares americanos a la Universidad de Cambridge, antes del mes de mayo de 2018. 4. Regalías: a) Para versión impresa: • De uno a mil copias Un 7% de regalías sobre el precio de venta.

• De mil uno hasta tres mil copias el 8% sobre el precio de venta. • Más de tres mil copias, un 10%

b) Para versión electrónica: • Un 25% de las ganancias netas de la totalidad de las ventas. 5. Derechos adicionales: • Un 50% en caso que la UTN decida otorgar licencia única específicamente para los siguientes propósitos: uso del libro en una antología, uso de extractos y de publicación periódica. 6. La UTN, se comprometen en enviar cuatro copias gratuitas de la traducción a la Universidad de Cambridge. 7. La UTN se compromete enviar acceso gratuito a una versión electrónica, en caso de existir una versión electrónica. • Autorizar a la rectoría realizar los trámites correspondientes para la firma y ejecución del Acuerdo entre la UTN y la Editorial la Editorial de Universidad de Cambridge, Reino Unido, con el objetivo de obtener los derechos de publicación de la edición en el idioma español del último libro del conocido autor Fritjof Kapra “The systems view of life: A unifying vision”, en coautoría con el Sr. Pier Luigi Luisi. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD.

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D.3 ACUERDO 3-6-2018. Acuerdo de CONARE CNR-76-2018. Asunto: declarar de interés institucional el IV Encuentro Bienal Centroamericano y del Caribe de Investigación y Postgrado 2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 3, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario el Artículo 2, inciso a) MEMODA-16-2018, 28 de febrero de 2018: La División Académica remite solicitud de la Comisión de Directores de Posgrado de declarar de interés institucional el IV Encuentro Bienal Centroamericano y del Caribe de Investigación y Postgrado 2018. Tomando en consideración que el objetivo del encuentro es: “Propiciar un espacio de intercambio académico inter y transdiciplinario, entre estudiantes y académicos de posgrado, con el fin de fortalecer y divulgar los procesos y productos de la investigación en las líneas como prioritarias para la región.” SE ACUERDA EN FIRME proponer a los Consejos Universitarios e Institucional de las cinco universidades que declaren la difusión del IV Encuentro Bienal Centroamericano y del Caribe de Investigación y Posgrado 2018 como una actividad de interés institucional, así como comunicarlo a las correspondientes comunidades universitarias.

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Por lo anterior el Consejo Universitario acuerda: Declarar la difusión del IV Encuentro Bienal Centroamericano y del Caribe de Investigación y Posgrado 2018 como una actividad de interés institucional, así como comunicarlo a la comunidad universitaria. ACUERDO FIRME POR UANIMIDAD D.4 ACUERDO 7-6-2018. Primera adición al informe de Rectoría; solicitud del rector para que se autorice la salida al exterior, al señor Auditor General de la UTN. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 6, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario solicitud del señor rector mediante R-164-2018 del 19 de marzo de 2018, relativa a la participación del Auditor General en las actividades académicas paralelas a la VII Reunión de la Asamblea General Extraordinaria de la UDUAL, que se realizará en la ciudad de México los días 5 y 6 de abril de 2018. Por lo anterior, se acuerda: Autorizar el viaje al exterior para que el Auditor General, en concordancia con el artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, relativa a la participación del Auditor General en las actividades académicas paralelas a la VII Reunión de la


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Asamblea General Extraordinaria de la UDUAL, que se realizará en la ciudad de México los días 5 y 6 de abril de 2018. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD D.5 ACUERDO 8-6-2018. Segunda adición al informe de Rectoría; celebración del 45º Aniversario de la Universidad Nacional.

Dar por recibido a satisfacción el Informe técnico sobre los diseños de los planos de la Sede de San Carlos ampliamente explicado por los funcionarios presentes de la Unidad de Ingeniería y Arquitectura, la Dirección de la Proveeduría Institucional y el Director de Asuntos Jurídicos. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD.

(Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 7, del 22 de marzo del 2018).

E.2 ACUERDO 5-5-2018. Solicitud de MIDEPLAN sobre el aseguramiento de viabilidad y factibilidad del proyecto de financiamiento BCIE-UTN.

El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional felicita al Consejo Universitario y Rectoría de la Universidad Nacional por la celebración de su 45º Aniversario, y manifiesta su complacencia por el acto que se rindió de homenaje al presbítero Benjamín Núñez Vargas, fundador y primer Rector de la UNA, quien fue galardonado con la distinción académica Dr. Honoris Causa. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD

(Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 5-2018, artículo 4, del 8 de marzo del 2018).

Conoce el Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional solicitud del Área de Inversiones Públicas de MIDEPLAN, el compromiso de ratificar la viabilidad y factibilidad del proyecto: “Fortalecimiento de la UTN mediante la inversión en infraestructura, equipamiento y capital humano” E.- APROBACIONES de conformidad el transitorio AUTORIZACIONES 1.23.2 de las Normas Técnicas y Procedimientos de Inversión Pública E.1 ACUERDO 3-5-2018. Informe de Costa Rica, donde se indica que técnico solicitado sobre los diseños todos los proyectos de inversión de los Planos de la Sede de San Carlos, pública, deben presentar un estudio presentado por la Dirección General de factibilidad, si el financiamiento de Administración Universitaria. es para el diseño y obtención de la viabilidad ambiental.” (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria POR TANTO, SE ACUERDA: 5-2018, artículo 3, del 8 de marzo del 2018). Ratificar el compromiso del Consejo Universitario de la Universidad

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Técnica Nacional con relación a la viabilidad y factibilidad del proyecto: “Fortalecimiento de la UTN mediante la inversión en infraestructura, equipamiento y capital humano” declarando expresamente que la institución se compromete a: • Vigilar y asegurar que el proceso de diseño e inicio de la construcción del edificio no representará atrasos a los desembolsos del préstamo y por ende no se generarán pagos por concepto de comisiones por atrasos en los desembolsos. • Asegurar que el proyecto económicamente es rentable para el Estado, principalmente como parte de la inversión en Educación Superior Pública y el incremento en la cobertura de estudiantes. • Vigilar y asegurar que no se generarán sobre costos derivados de la construcción de los edificios y que de generarse, la UTN se compromete a asumir dichos costos adicionales, de manera que no se deriven atrasos por los mismos. • Compromiso de cumplimiento del cronograma de ejecución pactado. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD

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II.-

PROVEEDURÍA

A.- ADJUDICACIONES A.1 ACUERDO 11-6-2018. Informe de la Comisión de Licitaciones Institucional sobre la Licitación Pública 2017LN000001-UTN “Concesión de Soda Sede de Atenas”. Referencia DPI074-2018. (Aprobado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria 6-2018, artículo 10, del 22 de marzo del 2018). Conoce el Consejo Universitario el informe de la Comisión de Licitaciones Institucional sobre la licitación pública 2017LN-000001UTN “Concesión de Soda Sede de Atenas”, que tiene como objetivo la concesión de local para brindar servicios de alimentación en la Sede Regional Atenas de la Universidad Técnica Nacional (UTN). 1. ANTECEDENTES (…) 2. ANÁLISIS DE LAS OFERTAS (…) 3. RESULTADOS (…) EL CONSEJO ACUERDA:

UNIVERSITARIO

Aprobar la recomendación de la Comisión de Licitaciones y adjudicar la licitación pública 2017LN-000001UTN “CONCESIÓN DE SODA SEDE ATENAS” a:


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Monto Anual

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Servicio de Concesión de Soda en la Sede de Atenas de la Universidad Técnica Nacional

¢1.250.000,00

¢15.000.000,00

Forma de Pago: Lo establecido en el cartel. Lugar de entrega: UTN - Sede Atenas Plazo de entrega: Un año calendario según lo indicado en la orden de inicio. ACUERDO FIRME POR UNANIMIDAD El texto completo del acuerdo se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.utn.ac.cr/file/4762/ download?token=QwpwZ99h B.-

PRÓRROGAS Y AMPLIACIONES

B.1 Resolución R-023-2018. Se autoriza prórroga en el plazo de entrega del proyecto “Construcción del Comedor de la Sede de Guanacaste”.

RECTORIA DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL. Alajuela, a las catorce horas del veintitrés de marzo del año dos mil dieciocho. Se autoriza la prórroga en el plazo de entrega de la Licitación Abreviada 2016LA-000007-UTN a Consultoría y Construcción DICOPRO S.A., para la “Construcción del Comedor de la Sede de Guanacaste”.

RESULTANDO QUE: PRIMERO: La Proveeduría Institucional, a través del oficio DPI-091-2018 solicita a esta Rectoría la autorización para prorrogar el plazo de entrega a Consultoría y Construcción DICOPRO S.A. de la Licitación 2016LA-000007UTN “Construcción del Comedor de la Sede de Guanacaste”. SEGUNDO: Según el oficio DPI091-2018, se tienen en el proceso de esta licitación los siguientes antecedentes: 1. La Rectoría, adjudicó la licitación 2016LA-000007-UTN a Consultoría y Construcción DICOPRO S.A. para la “Construcción de Comedor Sede Guanacaste”, por un monto total de ¢252.741.842,00 (Ref: Resolución R-064-2016 del 01 de agosto del 2016). 2. La Proveeduría Institucional mediante oficio DPI-267-2016 le brinda orden de inicio al contratista. El proyecto se inicia el 19 de setiembre del 2016 y la duración del proyecto corresponde a 150 días naturales, es decir al 22 de febrero de 2017.

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3. El 20 de enero del 2017 la Rectoría acoge por recomendación de la Proveeduría para una prórroga en el plazo de entrega hasta el 08 de marzo del 2017 (Ref.: Resolución R-08-2017 del 20 de enero del 2017). 4. El 20 de marzo del 2017 la Rectoría acoge por recomendación de la Proveeduría una segunda prórroga en el plazo de entrega hasta el 05 de marzo del 2017 (Ref.: Resolución R-035-2017 del 20 de marzo del 2017). 5. Mediante resolución R-049-2017 la Rectoría aprobó suspender la ejecución del proyecto por las razones indicadas en el oficio DPI2014-2017 a partir del 06 de abril de 2017. 6. Mediante resolución R-075-2017 la Rectoría aprobó la adenda al proyecto por un monto de ¢43.689.316,00 y un plazo adicional de 4 meses a partir de la nueva orden de inicio. 7. El 01 de agosto la Dirección de Proveeduría gira la nueva orden de inicio mediante oficio DPI-3232017, a partir del 07 de agosto del 2017 y hasta el 07 de diciembre de 2017. 8. El 18 de diciembre del 2017 la Rectoría acoge por recomendación de la Proveeduría una tercera prórroga en el plazo de entrega hasta el 25 de febrero del 2018 (Ref.: Resolución R-118-

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2017 del 18 de diciembre del 2017). 9. El 13 de febrero del 2018 la empresa Consultoría y Construcción DICOPRO S.A. presenta el oficio OF-055-KG-2018 en donde solicita se autorice una ampliación en el plazo de entrega de 40 días naturales debido a las siguientes razones: a) Atraso por lluvias, b) Atrasos en respuesta de la Administración para entrega de documentación para presentar ante el Instituto Costarricense de Electricidad. 10.Una vez recibida la solicitud de prórroga, la Proveeduría Institucional le envía copia del oficio y las pruebas aportada por el contratista de obra a la empresa Consultora INCOPOAS; encargada de la inspección el proyecto que se manifieste sobre la procedencia y aval desde el punto de vista técnico de la solicitud. 11.Una vez recibido el informe técnico por parte de la empresa Consultora INCOPOAS, la Proveeduría Institucional mediante oficio DPI-069-2018 le traslada copia del informe técnico, de la solicitud, y las pruebas aportada por el contratista de obra a la Dirección Administrativa de la Sede Guanacaste; para que se manifieste sobre la procedencia y aval de acuerdo al punto b, en cuanto a la documentación que se debía presentar ante el ICE.


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CONSIDERANDO QUE: PRIMERO. La empresa Consultora INCOPOAS mediante informe CE051-ICP-2018 brinda el criterio técnico sobre los puntos aportados: a) En cuanto a las precipitaciones otorga 8 días naturales. SEGUNDO. La Dirección Administrativa de la Sede Guanacaste mediante oficio GASG068-2018 brinda aval en cuanto al siguiente punto: b) En cuanto a la entrega de documentos para trámite ante el ICE debido al cierre Institucional otorga 15 días naturales. TERCERO. El artículo 206 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece: A solicitud del contratista, la Administración, podrá autorizar prórrogas al plazo de ejecución del contrato cuando existan demoras ocasionadas por ella misma o causas ajenas al contratista. El contratista solicitará la prórroga dentro de los diez días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la extensión del plazo y la Administración contará con igual plazo para resolver si procede o no. Si la solicitud se hace fuera de plazo, pero estando aún el contrato en ejecución, la Administración podrá autorizar la prórroga, en caso de estar debidamente sustentada, siempre que esté vigente el plazo contractual.

garantía de cumplimiento, de previo a trasladar la prórroga a la Dirección. Dicha garantía se encuentra vigente hasta el día 30 de abril del 2018. TERCERO. En caso de aprobarse la solicitud de prórroga, el nuevo plazo de entrega sería al 20 de marzo del 2018. Cabe señalar que el tiempo de entrega no fue aspecto de calificación para la elección de la mejor oferta. POR TANTO: De conformidad con los hechos expuestos en el oficio DPI-0912018, esta Rectoría acoge la recomendación de la Proveeduría Institucional y autoriza prorrogar el plazo de entrega a la Empresa Consultoría y Construcción DICOPRO S.A., según la Licitación Abreviada 2016LA-000007-UTN “Construcción del Comedor de la Sede de Guanacaste”, al 20 de marzo de 2018. MARCELO PRIETO JIMÉNEZ RECTOR

CUARTO. El Área de Contratación Administrativa revisó la vigencia de la

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