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NUMERO 945,

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DIARIO DE SESIONES DE LAS

SESIONDEL DIA

DEAGOSTO DElS13.

Se di6 cuenta de un oficio del Secretariointerino de Ir Gobernacionde Ultramar, con el cual remitió la consultr del Consejode Estado acercade la proposíciondel Sr. Ramos de Arispe, admitida en la sesionde 18 de Junio tiItimo. El Consejo,con el cual se conforma la Regencir del Reino, opina que aunque es muy justa la proposicion del Sr. Arispe, limitada á que por mediode la Diputacion provincial se inviertan las cantidades que el consuladc destinabaen los objetw que ahora son del instituto de aquella, y á pesar de que la recaudaciony administracion de loa fondospúblicos y arbitrios impuestosdetarminadamente para llevar adelante cuanto convengaal procomunal en las provincias, perteneceá las Diputaciones,mientras que éstas no se retitablezcany se arregle el ramo de comercio, pareceque no puede hacersenovedaden la recaudacionde las cantidades correspondientesal derecho de avería; y entretanto, solo se podrá mandar que el consulado ponga S disposicion de los ayuntamientosy Diputacionesprovinciales los sobrantesque hubiere del referid do arbitrio despuesde cubiertas sus primitivas obligaciones para que aquellos cuerpos puedan desempeñarlas suyas. Dichos oficios y consulta se mandaronpasar á la comision que habis entendido en esteasunto.

Conformándoselas Córtescon el dictámttn de la comieion de Poderes,aprobaronlos presentadospor el señor D. Juan José Freire, Diputado por la provincia de Sevilla. Se mandóarchivar la certificacion romitida por el Secretario de Hacien-ia,por la cucrl constahaberjurado la Constitucionpolítica de la Monarquía española D. Lson Gil Muñoz, secretariode la Dirdccion general de la Hacienda pública, D. Manuel Nieto Castillo y D. Antonio Zacarías,oficialesquinto y octavo de la misal.

A propuestade la Junta Stipiema de Censura, nombraron las Cúrtespara vocalesdd la provincial de Saotia. :J de Cuba, eu clase ds ec!asiásticos,al Dr. D. Vicente Palacios,canónigolecforal de aquella santa iglesia, y al Dr. D. Manuel de Limonta, canónigo de la misma; en la le seglares,al teniente coronel D. Antonio Vaillart, al Dr. D. FranciscoMancebo,abogadodeaquellaAudiencia, I al Dr. D. Prudenciode Echevarría, abogadode la misna; en la de suplenfes,al Dr. D. PedroAntonio de Pala:ios, cura párroco, al licenciado D. Salvador Rodriguez, ibogado,y á D. Ventura de las Cuevas, regidor del an;iguo ayuntamiento; de la de Murcia, en la primera clase, Se mandó pasar á la comision de Arreglo de tribuna- rl doctor D. José Escrich, canónigo lectoral de aquella les un oficio del Seoretario de la Gobernacionde la Pe- Ianta iglesie, y á D. Cárlos Clemencin, cura p8rroco de nínsula, con el cual remitia el plan de distribucion iate- 3anAntolin; en la segunda,á D. José Barnuevo Cutirina de partidos de la provincia de Córdoba, formado, á lao, abogado,á D. Antonio Arnau, id., y á D. Manuel falta de la Diputacion provincial, con arreglo á Ic, que Xaz Manresa,id.; en la tercera, á D. Fernando Eatéban, prescribeel articulo 1.” de la resolucion de 2 de Mayo , :ura de la parroquia de San Bwtolom& á D. JoséRamo3 último; y al mismo incluis el plan de subaltsraospro- y Ramos, abogado, y á 1). Blas Fdrnandea Henarejos, puestopor el tribunal territorial para los juzgadosde pri- idem: de la de Cataluña, en Manresa,en la primera clase, 8 D. Jaime ‘Amas, canónigode aque!la iglesia, y 8 Don mera instancia. JoséAlsina, id.; en la segunda, al Dr. D. Vicente Ala55, abogado,al Dr. D. José Soler, médico, y al do,:t>r


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