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13 DE AGOSTO --

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ligion), que yo no dudo un momento en que debe acw- i darse la supresion de semejarite castigo; psro al mismo ’ tiempo quisiera que la comiion manif&ase si eate 0s un defecto de las leyes, ó meramente un abuso ; 6 fin de que si no es uua ley, no se marchite la gloria de lalegislacion española con suponer que una ley tan abwda ocupa un lugar eA nuestros Códigos. Eso mismo que ha dicho el señor García Herreros sobre que la pena de azotes es degradante á los indios, no lo es menos, en mi concepto, en cuanto á los niños en las escuelas. Es una pena infame, por la cual se pierde aquel decoro 7 aquel recato que hace virtuosos 8 loa hombres, y se adquiere cierto , descaro para lo sucesivo. Así que’, creo que una de las cosas qn% se deben tener en consideracien al formar el plan general de instruccion pública, es la de prohibir á los maestros de escuela el que azoten á los muchachos. Y si nó, dígase: isi se azotaba á un ciudadano romano, no se creia que de jaba de exiotir desde aquel momento, perdiendo la dignidad de hombre libre 1 Añado más : en algunas provincias de la Monarquía está prohibida la pena de azotes. En las islas Baleares hay una ley expresa por la que no se puede imponer semejante pena á ninguno de sus habitantes. Con este motivo, pues, lo indico para que la comision encargada del plan de instruccion pública, tenga presente la abolicion del castigo de azotes en todas las escuelas ds la Monarquía, y para que esta pena como degradante desaparezca del Código criminal de las Espsiías. El Sr. GUAZO: No puedo menos de aprobar esta idea, porque estoy persuadido que nada demostrará más á los indios la cantidad de nuestra religion, que e! ver que hasta ellos se extiende la caridad cristiana, y porque así conocerán tambien que V. M. no les niega una proteccion tan jueta, igualándolos á los demás españoles.» Accedióse á la so!icitud de los indios, y se aprobó la proposicion del Sr. Navarrete que la formalizó en los términos siguientes: u Que la Regencia informe de las noticias que tenga 6 en lo sucesivo tuviere acerca de la impuesta reclamacion de los indios sobre la continuacion del pago del tributo de que las Córtes los han redimido.» El Sr. Antillon en seguida formalizó su proposicion en e,stos términos : < Que en el plan de instruccion pública que aprueben las Córtes , ae tenga presente la necesidad de abolir el castigo de azotes en las enseñanzas públicas como indigno de los ciudadanos españoles. y que por la misma razon la pena de azotes quede abolida en el Código criminal de la Monarquía. )) Leids esta proposicion, dijo El Sr. MORALES ‘GALLEGO: El Sr. Antillon acaso ignorar4 que yo tuve el honor de hacer una proposicion, no solo rehtiVa al Castigo de aZotes, sino tambien á la pena de horca. Esta proposicion pasb á la comision de Consti. tucion. Esta informó, J de su informe resultó que las Córtes abolieron la pena de horca, mandando que en cuanto 6 la abolicion de la pena de azotes se tuviese presente cuando se formase el Código crimina1.s Admitida d discusion la proposicion del Sr. Antillon, dijo El Sr. GARCIA HERREROS: ~QI$ inconveniente hay en que esta ley se sancione desdeahora, y quede abo. lida la costumbre de dar azotes B los muchachos en laf cañuelas?Ella es una cosa indecorosa y vergonzosíeime 8u SU prictica. &A qué, pues, aguardar á la formacion de reglamento de inetruccion pública? Entendámonos. Ll abolicion de la pena de azotes qw se impone po+ senten. eia de juez, es la que iínicamente se ha dilatado hasta 11 prerentrcion del nwvc Código criminal, en que 88 ensti tM

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correccionalmente H los niños en las escuelas públicas, Se dice en la pwposicion que pase á la comision, para que eniéndolo presente en su plan de educacion pública, se ,uprima. Pero, Senor. si estamos convencidos de SU inlecencia, ipor qué diferir hasta entonces su abolicion? ,Qué iAconvenieQte hay en que desde ahora se mande? A qué ocupar UARcomision para una cosatan vergonzosa r t8A humillante, que no hay persona alguna que deje de :gnover cuánto repugna 6 la decencia y al pudor? iPor !uó, pues, no se expide desde luego este decreto? Insisto, bues, en que desde ahora quede abolido este castigo en as casas de enseñanza.» El Sr, VILL4F.PfiE: Hay muchas escuelas en que stá esto prohibido. (Le ilaterrumpieron, por %o creerse%cesario hnblar mis sobre el parti:ular). El Sr. ANTILLO??: Corno autor de la proposicion, .o puedo menns de aprobar la indicacion del Sr. García [erreros, t?nto más, cuanto estoy bien convencido de que 1 castigo de azotes es el más degradante para unos niños ,ue aspiran á ser hombres libres. Y así, V. M. puede dese luego mandar que quede abolida. Voy á la segunda par a de la proposicion, que y’, reproduzco ahora, á pesar do 1 que ha dicho el Sr. Morales Gallego; y me fundo, enre otras cosas, en esta: en las islas Baleares hay una ley tor la que está prohibido imponer la pena de azotes 6 inguno de sus moradores. Por la Constitucion todos los spaiíoles deben ser iguales; por consiguiente, no puede lermitirse el que les habitantes de las demás provincias ie In Monarquía sufran la pena de azotes, sino que debe nandarse que desaparezca desde luego de todas ellas, mes de lo contrario las islas Baleares tienen un privile$0 que no tienen las demás provinciass Declarado el punto suficientemente discutido, se pro:edi6 á la VOtâCiOA, y 1s proposicion quedó aprobada. El Sr. MORALES G.îLLEGO: Hago una adicion 6 a proposicion que se acaba de aprobar, en el caso de que gecrea limitada esta prohibicicn á las escuelas y demás :asas de educacion. Hago la adicion, repito, para que se Ilaga extensiva á las casas de correccion, como la casa de I’oribics de Sevilla, donde hay una práctica escandalosísima. Cuando á un padre se le antoja poner allí á un muchacho, 6 entra por algun otro motivo una persona, aunque sea de alguna edad, hay la costumbre de que 6 la entrada se le han de dar veinticuatro azotes, siendo este castigo luego motivo de que en el público sea escarnecido este individuo, y alguna que otra vez ha habido dentro de la casa estragos y resultas muy lamentables. Por lo mismo, pido que seaextensivo el decreto á esta casa, y 6 cualquiera otra que se halle en loa mismos términos. > Quedó aprobada la adicion del Sr. Moralen Gallego. El Sr. ARTILLOlSl: Para que no haya el menor entorpecimiento, pido que en el decreto se imponga la más estrecha responsabilidad á los maestros y directores de escuelas y demás casas de enseñanza. » Así se acordó,

Aprobóse á continuacion

la proposicicion siguiente,

que hizo el Sr. ¿arrazábal, despues de exponer los males que resultaban de no estar arreglado el sistema que debia Seguirse en los negocioscontenciosos de la Hacienda nacional:

*me Ias comisionesde Hacienda y de Arreglo de tribun&e Presenten 6 la posible brevedad la minuta de deCr&0 =em de los tribunalee pue han de conocer de los W?Oelm @QllhCioaoede la Hacienda pública, ouyos Er-


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